– La DOCa RIOJA aumenta la visibilidad de estas unidades geográficas menores, impulsando definitivamente un desarrollo que comenzó en 1998
Tras regular un procedimiento de trazabilidad en 1998 que permitía que los nombres de los municipios o Rioja Alta, Rioja Alavesa o Rioja Baja aparecieran en el etiquetado, el Consejo ha dado un paso más contemplando situaciones en las que los elaboradores cultivan viñedos en localizaciones limítrofes, de manera que se permitirá la incorporación de hasta un 15% del volumen de uva en estas condiciones. El requisito será una vinculación prolongada del viñedo, que obedecerá a un proyecto permanente y evitará especulaciones. Este margen de tolerancia se enmarca en las posibilidades que ofrece la normativa comunitaria.
Otra de las novedades será el aumento de tamaño para la representación de los pueblos o de las ahora denominadas zonas. Hasta ahora el tamaño de estas indicaciones se limitaba como máximo a dos tercios del que tenía “Rioja”. Desde ahora se podrán representar en igualdad de condiciones, con el único requisito de que no destaquen más que el nombre de la Denominación. Finalmente, los elaboradores de vinos de pueblo distinguirán estas marcas de otras.
Con el fin de pilotar la implementación de estos cambios y lograr el adecuado desarrollo de los mismos, existe una apuesta por la promoción de estas indicaciones y se ha recuperado la constitución de una Comisión para entender de la materia, que presidirá un alavés, Ramón Emilio Muro Aguirrebeña, representante de las Cooperativas del Territorio Foral.
Se ha planteado que la zona de Rioja Baja pase a llamarse Rioja Oriental para lo cual se explorará en los próximos meses su viabilidad legal y comercial. De esta manera, Rioja sigue enriqueciendo su actual abanico de categorías e identificaciones dentro del proceso de mejora continua en el que está inmersa, buscando siempre reforzar su posicionamiento como una de las regiones referente del segmento de vinos de calidad en el mercado mundial. Esta ordenación de la actual oferta de vinos establece unos requisitos que permiten garantizar la calidad del producto y la veracidad de las indicaciones del etiquetado.
El primer hito de este periodo de dinamismo fue la revisión de las definiciones de sus categorías tradicionales Reserva y Gran Reserva, con la determinación de un período mínimo de permanencia en botella en la primera, obligatorio desde el 1 de enero de 2019, y la flexibilización de uno de los años de envejecimiento en botella en la segunda, junto con la posibilidad de elaborar vinos monovarietales blancos a partir de cualquiera de las variedades autorizadas. Le siguieron la aprobación de la nueva indicación para vinos procedentes de ‘Viñedos Singulares’, así como la regulación de la elaboración de vinos espumosos de calidad, que ahora se han completado con los vinos de municipio y de zona.
En la misma sesión, ABRA ha puesto de manifiesto que desistirá de su solicitud para el reconocimiento de una DOP denominada “Viñedos de Alava”. La nueva realidad que inspira la Denominación, el fondo de comercio, su prestigio y el reconocimiento del mercado, son, sin lugar a duda, muestra de la mejor apuesta de futuro que un operador puede realizar.